Derechos de propiedad y responsabilidad social
Juan David Enciso -
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Acaba de aparecer una nueva herramienta de Google que ofrece la posibilidad de saber permanentemente dónde están las personas, siempre que éstas se hayan suscrito al servicio y lo tengan activado. Como era de esperarse, inmediatamente surgieron las voces que advierten sobre el riesgo que ello entraña para la privacidad de los individuos, especialmente en casos de “empleadores curiosos, personas celosas o amigos obsesivos”.
Desconozco el alcance de los opositores de estas iniciativas para establecer barreras legales efectivas, pero tengo la sospecha de que, tecnológicamente, es muy alta la posibilidad de que se expanda por el mundo entero antes de que prospere una demanda. Los que estudian el tema afirman que el crecimiento de las redes virtuales es exponencial y sólo lo percibimos cuando ya se han irradiado por el ciberespacio, con tasas de expansión superiores a las de las epidemias.
Creo que este problema explica en parte el debate sobre derechos de autor y de propiedad, que se constituye en uno de los puntos clave de discusión de los acuerdos de libre comercio alrededor del mundo. La privacidad supone la propiedad.
Otro tipo diferente de expertos -los que conocen de vaquerías- dice que cuando se produce una estampida de ganado –debida, por ejemplo, a la caída de un rayo-, no tiene ningún sentido tratar de evitar la desbandada. En cambio, el baquiano opta por silbar una melodía que poco a poco atrae la atención de las reses que van a la cabeza, hasta que finalmente éstas últimas se apaciguan, y entonces sí puede conducirse el hato a su lugar.
Guardadas las proporciones, creo que esta reflexión podría ser de utilidad para los que tratan de solucionar el problema de la piratería intelectual, que tiene como uno de sus soportes la enorme facilidad de difusión del conocimiento y la gran complejidad de tener un control efectivo de sus ramificaciones en la era de las comunicaciones.
Por otro lado, no podemos olvidar que, si bien en uno de los costados del terreno de la innovación están los innovadores, en el otro se encuentran los millones de personas que necesitan de sus productos y que probablemente no tendrían acceso a ellos si se resignaran a esperar el desarrollo “legal” de los mecanismos de mercado. Esto es particularmente relevante en los casos de la salud y la educación.
Se me ocurren algunas preguntas orientadas a identificar caminos plausibles que beneficien a las diferentes partes interesadas en la cuestión.
¿No pueden las grandes corporaciones capitalizar estas redes de difusión del conocimiento, en beneficio propio, de los distribuidores y de sus destinatarios? ¿No les interesa establecer alianzas con estos actores, que les faciliten captar porciones de mercado que de otra forma nunca serían parte de sus segmentos objetivo? ¿No les permitiría ello acceder a la información sobre los actuales piratas, a la vez que aseguran un conocimiento más cercano de los usos y costumbres de consumo en la base de la pirámide? ¿No induciría este tipo de estrategias el desarrollo de nuevos mercados?
Al mismo tiempo, ¿con un determinado sistema de alianzas, no contribuirían a que estas redes informales de tráfico de conocimiento se insertaran en entornos institucionales mucho más acordes con los estándares de calidad y competitividad que queremos promover, por ejemplo, exigiendo la vinculación a los sistemas formales de seguridad social?
Si estas preguntas son pertinentes, entonces el debate en torno a los derechos de propiedad, que hoy enfrenta a las economías desarrolladas con las que están vías de desarrollo, es jurídico sólo en parte. Es también –y sobre todo- un asunto de responsabilidad social que entraña un enorme potencial de crecimiento empresarial y de mercados. Pero para identificar estas oportunidades necesitamos estrategas que entiendan la diferencia entre silbar la tonada adecuada a los líderes de estas desbandadas, antes que aspirar a coger un toro tan esquivo por los cuernos.